CELEBRA COPARMEX AMPLIACIÓN PARA EMITIR CARTA PORTE; DARÁ CERTIDUMBRE JURÍDICA

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), consideró que la ampliación del periodo para no aplicar sanciones a quienes expidan el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con Complemento Carta Porte sin la totalidad de los requisitos exigibles, abona a la certidumbre jurídica y a un mayor cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La COPARMEX reconoció la decisión tomada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y reiteró su convicción de avanzar por la vía del diálogo que es el mejor camino para permitir que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus responsabilidades y se construya así, un mejor sistema fiscal.

El Complemento Carta Porte surge como un comprobante fiscal para las operaciones de servicios de transporte de bienes o mercancías que se realizan dentro del territorio nacional, ya sea en vías terrestres, marítimas, aéreas o ferroviarias y tiene por objetivo comprobar la legal estancia y traslado de mercancías en el país. Por su parte, la autoridad fiscal relaciona los bienes con su punto de origen, intermedio y final, atendiendo a su vía de traslado.

De acuerdo con el SAT, al realizar las actualizaciones tanto del CFDI en su versión 4.0 y la versión 2.0 de Carta Porte, se implementaron nuevas reglas para su operación y cumplimiento.

Derivado de lo anterior su vigencia inició a partir del 1 de diciembre del 2021, otorgando un periodo de transición del 1 de enero al 31 de julio del 2023, sin que se aplicara algún tipo de multa o sanción; sin embargo, ante las múltiples lagunas jurídicas a las que se enfrentó el sector empresarial, se solicitó la ampliación del plazo para su correcta implementación.

Con información de Coparmex

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